La Ley 5189/14, que obliga a las instituciones públicas centralizadas o no a la transparencia en el manejo, es aún resistida o cumplida a medias por la gran mayoría de las instituciones públicas.

Lista de comunas que incumplen la ley
Lista de comunas que incumplen la ley
Según se desprende del último informe de la Secretaría de la Función Pública (SFP), algunas municipalidades no cumplen con la ley de transparencia (5189/2014) que obliga el reporte y la publicación mensual del movimiento administrativo de las entidades que manejan fondos públicos, de manera tal que la ciudadanía pueda controlar el uso del dinero público, así como los ingresos o las salidas de los funcionarios y otros datos.
Un total de 17 municipios tienen una calificación negativa que señala que no cumplen con la mencionada norma.
Ello representa el 4,5% del total de organismos y entidades del Estado (OEE); es decir, municipios, gobernaciones, empresas del Estado, ministerios y otros que dependen del Presupuesto General de Gastos de la Nación.
Siempre según el informe de la SFP, la gran mayoría de las instituciones de la República cumplen solo a medias con la referida legislación.
Un total de 327 organismos y entidades del Estado se encuentran en la situación de «cumplimiento intermedio», representando el 78,5%.
ALARMANTE CIFRA. Si se suma el porcentaje de los q ue cumplen a medias con el 4,5 de los que «no cumplen», se tiene que representan el 83% de las instituciones.
En contrapartida, solo 71 de los 415 organismos y entidades existentes cumplen al 100% con la exigencia de la ley de transparencia institucional.
LOS REPROBADOS. Las municipalidades que no cumplen con la referida ley de transparencia son Concepción, Elizardo Aquino, Tacuatí y Villa del Rosario.
Asimismo, Mbocayaty del Yhaguy, Primero de Marzo, Nueva Londres, La Pastora, San Patricio, Yabebyry, Tebicuarymí, María Antonia, J. Augusto Saldívar, San juan Bautista, Yvyrarobana, Fuerte Olimpo y Carmelo Peralta.

Datos proveídos por la Secretaria de la Función Púbica
Datos proveídos por la Secretaria de la Función Púbica

LO QUE DICE LA LEY. La Ley 5189/14 establece en su primer artículo que «todos los organismos o entidades públicas, entes binacionales y aquellos en los que el Estado paraguayo tenga participación accionaria, u organismos privados que administren recursos del mismo, deberán difundir a través de portales electrónicos en internet todas las informaciones de fuente pública, relativas al organismo o la entidad y a los recursos administrativos y humanos de los mismos.
Por otro lado, el inciso b del segundo artículo establece taxativamente que, entre otros organismos, los gobiernos municipales están sujetos a la citada ley. Una ley complementaria estableció que la multa por infringir la legislación de acceso a la información será de 180 jornales mínimos, es decir G. 13.600.440, que debe ser pagada por el responsable de la institución.

Fuente. diario Ultima Hora