Animales sueltos por las calles de Concepción de nuevo protagonizaron un accidente de tránsito. Esta vez la víctima es un personal policial, que fue derivado a Asunción. El Incumplimiento de la Ordenanza Municipal sigue causando graves daños.

Motociclistas buscan esquivar de los animales. Esquina del Club Independencia
Motociclistas buscan esquivar de los animales. Esquina del Club Independencia

El hecho se produjo el sábado a las 20:00 Hs. sobre la Avda. Agustín F. de Pinedo esquina Padre Marcelino Medina resultando víctima Benicio González Cáceres, Pyo. Cas. 41 años, suboficial Principal de policía, que presta servicios en la sucursal del Banco Nacional de Fomento de esta ciudad.

El hombre estaba libre de servicio y se dirigía en su motocicleta a su vivienda ubicada en la calle Manuel Irala Fernández c/ Juana de Ortellado del barrio Inmaculada. Levaba dirección sur a norte de la Avda. de Pinedo, cuando de repente en la esquina de la calle Padre Medina le salió abruptamente un animal equino (caballo) impactando directamente contra el biciclo.

El hombre fue auxiliado inmediatamente hasta el Urgencias del Hospital Regional, donde la Dra. Elva Miño le diagnosticó “Traumatismo de cráneo encefálico moderado”, por lo cual fue derivado a Asunción para estudios más especializados, ya que en Concepción no funciona ningún equipo de tomografía.

El testigo del hecho es el mismo funcionario de la Policía Municipal de Tránsito, Sr. Críspulo Mareco, quien alertó del accidente.

El principal responsable del incumplimiento de la Ordenanza Municipal es el Intendente
El principal responsable del incumplimiento de la Ordenanza Municipal es el Intendente

Incumplimiento

En Concepción rige una ordenanza Municipal Nº 1169/13 que prohíbe animales sueltos en la vía pública, sin embargo, el intendente, Alejandro “Tati” Urbieta, incumple esta disposición permitiendo que los caballos y vacas recorran impunemente las calles ocasionando graves accidentes.

Los dueños de los animales deben ser imputados por “Exposición a peligro del tránsito terrestre” basado en el Art. 123 de la Ley Nº. 5016/04.